Tal como ha venido ocurriendo en los últimos años, el Presidente Nacional de Bomberos de Chile, Miguel Reyes -junto a sus asesores- han llevado a cabo un intenso y continuo trabajo en las sesiones de la Comisión Bomberos de la Cámara de Diputados, instancia legislativa que desde el año pasado tiene el carácter de Comisión Permanente, siendo la encargada de proponer medidas legislativas en favor de Bomberos de Chile, estando en la actualidad abocados a la preparación de un proyecto de ley destinado a modificar la ley de Sociedades Anónimas, que de ser aprobado permitirá allegar nuevos e importantes recursos a los Bomberos de Chile.
De la misma forma, el Presidente Nacional y sus asesores se encuentran desde hace algún tiempo trabajando en la elaboración de algunas reformas destinadas a perfeccionar la Ley 20.564 Marco de Bomberos de Chile. En efecto, como se recordará, la Ley Marco fue una iniciativa del Presidente Nacional, que era largamente esperada, y que se trabajó conjuntamente con la entonces Comisión Especial Bomberos, durante el periodo legislativo de los años 2010-2011, con el objeto de establecer una ley que reconociera por primera vez y de manera particular a los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional, creando un “Sistema Nacional de Bomberos”, reconociendo su naturaleza y funciones exclusivas en beneficio de la comunidad, asegurando las vías de financiamiento, garantizando la formación y entrenamiento de los bomberos, estableciendo una regulación especial para catástrofes y requisitos objetivos para la formación de nuevos Cuerpos de Bomberos, además del establecimiento de registros nacionales de bomberos, material mayor y estadísticas.
Ante la inminente entrada en vigor de la Ley 20.500 Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, que regula de manera general la creación y funcionamiento de diversos tipos de asociaciones y organizaciones de carácter social y comunitaria, facilitando la creación de este tipo de organizaciones y frente al claro riesgo de que los Cuerpos de Bomberos quedaran incorporados dentro de esta norma, el Presidente Nacional y la Comisión Bomberos de la Cámara de Diputados apuraron y despacharon con singular celeridad la Ley Marco, que fue promulgada a finales del mes de enero del año 2012 entrando en vigencia el 3 de febrero del mismo año, precisamente 10 días antes de la entrada en vigor de la Ley 20.500.
De este modo se logró, junto con obtener el reconocimiento de la institucionalidad de los Bomberos de Chile, disponer de una norma legal de carácter especial, que conforme a las disposiciones del Código Civil, se aplican de manera preferente sobre las normas de carácter general, sustrayendo a Bomberos de Chile de la aplicación de las disposiciones de la referida Ley 20.500, con excepción de aquellas disposiciones que reformaron el Título XXXIII del Libro I del Código Civil, norma que se aplica en lo no previsto en la Ley Marco de Bomberos de Chile.
En la sesión de la Comisión Bomberos del día miércoles 18 de mayo pasado, fueron recibidos los representantes de los Cuerpos de Bomberos de Valparaíso, Santiago, Ñuñoa y Metropolitano Sur, quienes plantearon algunas propuestas de posibles reforma a la Ley Marco, las cuales en su mayoría coinciden con las propuestas que se encuentra elaborando esta Junta Nacional con el objeto de mejorar la aplicación práctica de la ley.
Fuente: Bomberos.cl